sábado, 27 de septiembre de 2008

Programa de Higiene y Seguridad Industrial para las empresas de Servicio del Municipio Valera

INTRODUCCIÓN

El presente programa está compuesto por una serie de procedimientos específicos y detallados en su contenido, ordenado según los requerimientos contenidos en el programa de Seguridad e Higiene Laboral, según la norma COVENIN 2260 y el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) extraído del artículo 82, el cual se desarrolla para ser consultado por todas las empresas de servicio, específicamente las del municipio Valera, las veces que se requiera. La información descrita contenida es de tipo confidencial y todo el personal será el responsable por el manejo adecuado del mismo.


PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL

OBJETIVOS
a) Optimizar las condiciones y el medio ambiente de trabajo y por ende favorecer una mejor calidad de vida.
b) Prevenir los efectos a la salud ocasionada por el factor de riesgo.
c) Cumplir con los aspectos legales (gubernamentales e internos)
d) Reducir o eliminar los costos de indemnización generados por los efectos nocivos a la salud que pudieran generarse por la exposición al riesgo de origen ocupacional.

IMPORTANCIA

El presente programa aplica a todo el personal que labora en las empresas de servicio. Los puntos a definir en este manual estarán acordes a las descripciones de trabajo de cada trabajador, asimismo las notificaciones de riesgos inherentes a su puesto de trabajo. Queda que no todo el personal está expuesto a los mismos riesgos, por lo tanto habrá normas adaptadas a cada puesto de trabajo.


DECLARACION DE LA POLITICA:

Se realizará mediante un sistema de gestión laboral que vigile el cumplimiento de los elementos contemplados en ella, los cuales se detallan a continuación:
El empleador deberá establecer por escrito los lineamientos mínimos siguientes:

· Asegurar la ejecución de las diferentes actividades en condiciones optimas de Higiene y Seguridad Industrial, considerando los riesgos asociados al tipo de operación, con el objeto de garantizar la integridad física de los trabajadores, proteger las instalaciones y evitar riesgos a las propiedades de terceros y al ambiente.
· Evaluar periódicamente el estado de salud de nuestros empleados para identificar y controlar oportunamente los riesgos de salud relacionados con el trabajo.
· Crear planes estratégicos de motivación al personal en las actividades de Seguridad e Higiene Laboral
· Designar y apoyar al Órgano de Seguridad Laboral de la empresa, que reportando el nivel más alto, deberá asesorar, soportar, facilitar, controlar, y planificar todo lo relacionado con el programa.
· Asegurar el estricto cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y procedimiento relacionados en materia de Higiene y Seguridad Industrial.

La Gerencia tendrá la responsabilidad de:

a) Generar los recursos que se necesiten para llevar a cabo la aplicación del presente programa.
b) Cumplir y hacer cumplir las observaciones y recomendaciones realizadas de forma escrita por el Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL).
El departamento de Higiene y Seguridad de la empresa:

a) Establecer el cronograma de capacitación anual y ubicar los recursos y logística para el cumplimiento del mismo.
b) Aplicar las sanciones y premiaciones de aplicación del programa de seguridad de acuerdo al plan de motivación y la sección de sanciones que estipula el presente programa.
c) Observar, conforme a la ley, el cumplimiento específico del horario de trabajo, descansos, vacaciones y demás derechos que tiene el trabajador en la institución.


El Comité de Salud y Seguridad Laboral tendrá las siguientes atribuciones:

· Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará antes de la puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la Seguridad y Salud en el Trabajo, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control de los riesgos, así como la recreación, utilización del tiempo libre, descanso o turismo social y dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines y del proyecto de organización y formación en esta materia.
· Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas


El Comité de Salud y Seguridad Laboral tendrá las siguientes Facultades:

· Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Inpsasel.
· Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas
· Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.
· Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras.
· Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.
· Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
· Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas.
· Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.



PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS

OBJETIVO
Evaluar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores en su lugar de trabajo y en las distintas actividades que realizan, mediante la identificación del tipo de riesgo, ubicación y el nivel de consecuencia que estos originan, para así tomar las medidas preventivas necesarias con la finalidad de minimizar los riesgos.

ALCANCE
La evaluación de los riesgos por puesto de trabajo y actividades a ejecutar, deberá ser realizada a todo el personal.

RESPONSABILIDADES

Es responsabilidad del delegado o delegada de prevención elaborar la notificación de riesgos por puesto de trabajo y aplicar las medidas preventivas necesarias. Estos análisis deben ser avalados por el comité y la Gerencia.

Procedimiento de Aplicación

La evaluación de riesgo por puesto de trabajo y cada actividad que desempeña el trabajador, será identificado por el tipo de consecuencia que éstos originan. Se le dará al trabajador las normas y procedimientos para prevenir los riesgos al que está expuesto. La revisión de los procedimientos a establecer debe ser llevada a cabo en conjunto con el comité de seguridad y salud laboral.

Evaluación de Riesgos

El método utilizado para la evaluación y detección de riesgos es la observación directa del área de cada trabajo así como de las tareas desempeñadas. La evaluación del riesgo comprende las siguientes etapas:

a) Identificar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores
b) Evaluar cualitativa y/o cuantitativamente los riesgos existentes.
c) Ver si es necesario adoptar nuevas medidas para prevenir o reducir el riesgo.
d) Análisis del riesgo, comprendiendo las fases de identificación de riesgos y estimación de los riesgos.
e) Indicar si los riesgos detectados resultan tolerables.

Clasificación de las actividades de trabajo:

Elaborar una lista en la que se incluyan las diferentes actividades de trabajo (áreas externas a las instalaciones de la institución, trabajos planificados y de mantenimiento, y el suministro de un servicio o tareas definidas). Para cada actividad de trabajo se debe tener información de:

a) Medidas de control existentes.
b) Lugares donde se realiza la tarea y capacitación que ha recibido.
c) La labor que desempeña (duración y con qué frecuencia la realiza) Instalaciones donde la realiza, herramientas manuales y equipos utilizados.
d) Sustancias y productos utilizados para las actividades realizadas.

Análisis de Riesgos

Se puede realizar mediante la utilización de una lista en la que se identifiquen los peligros existentes como por ejemplo:
a) Golpes y cortes
b) Espacio inadecuado.
c) Incendios y explosiones.
d) Sustancias que puedan inhalarse.

Valoración del Riesgo

El valor obtenido en la estimación anterior permitirá establecer diferentes niveles de riesgo, permitiendo a partir de estos valores decidir si los riesgos son tolerables o por el contrario se deben adoptar medidas correctivas para tratar de eliminarlos.


Control de Riesgos

Concluida la evaluación deberán establecerse las medidas de control que se van a adoptar, también como su forma de implantación y seguimiento.



PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICACIÓN DE RIESGOS POR PUESTO DE TRABAJO

OBJETIVO

Notificar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores y sirve como base preliminar para asegurarse de que éstos conozcan los riesgos y a conozcan cuáles son las medidas preventivas para que disminuyan.

IMPORTANCIA

La Notificación de Riesgo por puesto de trabajo deberá ser realizada a todo el personal, en dicha notificación se les facilitara las medidas preventivas que deben aplicar los trabajadores para disminuir el riesgo en su puesto de trabajo. Así como tambien se notificará al trabajador los implementos que debe utilizar durante su jornada de trabajo.

RESPONSABILIDADES

Es responsabilidad del Comité de Seguridad elaborar la notificación de riesgo por puesto de trabajo. EL trabajador notificado que falle en la aplicación de las medidas preventivas y la aplicación de las normas y procedimientos operativos será sancionado.

Procedimiento de Aplicación

La Notificación de Riesgo por puesto de trabajo se entregará al trabajador y se leerá con él, al mismo tiempo que se le entrega la descripción del cargo que ocupa. El trabajador en conjunto con la gerencia revisará la Notificación de Riesgo y de estar de acuerdo con la misma, la firmará. Si cualquiera de las partes considerara que algún riesgo no está contemplado dentro de la notificación o que un riesgo dentro de la notificación de riegos no está presente deberá informar al comité de Seguridad para que éste haga la revisión y solicite la remodelación de la notificación, de ser el caso.

4 comentarios:

Unknown dijo...

muy buen trabajo, t felicito!! yo tambien estoy haciendo un plan de higiene y seguridad para obtener mi titulo de ingeniero. si puedes enviame informacion o tu tesis a mi correo q es cuami@hotmail.com

saludos!! Julian briceño de la universidad de oriente

Unknown dijo...

buen trabajo amiga, me sirvio de mucha ayuda para mi diplomado

Administrador dijo...

Excelente trabajo, me sirvió de mucho, Gracias y saludos...

Unknown dijo...

Gracias por la informacion.

Muy buen trabajo, Felicitaciones.

oscarrodoliba@gmail.com.